Abogado de despidos injustificados en Valdivia

Si fue despedido y considera que la causal no corresponde a lo que realmente ocurrió, conviene revisar sus antecedentes antes de firmar el finiquito o dejar pasar el plazo para reclamar.

En Adolfo Quisto Abogado analizamos su carta de despido, contrato, liquidaciones, cotizaciones y finiquito. Le explicamos si existen fundamentos para demandar, qué conceptos podrían reclamarse y cuál sería la estrategia más adecuada para su situación.

La atención es directa con el abogado, presencial en Valdivia o por videollamada para trabajadores de la Región de Los Ríos.

Usted no paga honorarios por adelantado. Si el caso obtiene un resultado favorable, los honorarios corresponden al 30% de lo efectivamente obtenido. Las condiciones se informan y quedan por escrito antes de iniciar la representación.

Adolfo Quisto, abogado en Valdivia

Defensa laboral directa, clara y orientada a resultados

Una revisión temprana permite proteger el plazo, ordenar la prueba y evitar decisiones apresuradas al firmar el finiquito.

adolfoquistoabogado.cl

El abogado que revisa sus antecedentes es quien define la estrategia y representa su causa.

adolfoquistoabogado.cl

Los honorarios corresponden al 30% de lo obtenido solamente si existe un resultado favorable.

adolfoquistoabogado.cl

Atención presencial en Valdivia y por videollamada para trabajadores de toda la región.

¿Cómo saber si un despido es injustificado?

No basta con que la carta mencione un artículo del Código del Trabajo. El empleador debe aplicar correctamente una causal legal, explicar los hechos en que se apoya y, en caso de juicio, acreditar que esos hechos ocurrieron y tienen la gravedad necesaria para poner término al contrato.

Un despido puede ser declarado injustificado, indebido o improcedente cuando la causal no corresponde a la realidad, los hechos no se prueban, la conducta imputada no tiene suficiente gravedad o no se cumplieron las exigencias legales del término de la relación laboral.

La evaluación siempre debe realizarse sobre los documentos y circunstancias concretas. Una carta breve o genérica puede ser relevante, pero no permite afirmar por sí sola que la demanda será acogida.

Despido por necesidades de la empresa sin una razón objetiva

La causal de necesidades de la empresa, establecimiento o servicio debe fundarse en circunstancias objetivas, como una reestructuración real, una modernización, bajas de productividad o cambios relevantes en el mercado o en la economía.

Si la carta utiliza expresiones generales, no explica qué cambio ocurrió o no relaciona ese cambio con la eliminación del puesto, corresponde examinar si la causal puede ser impugnada.

También es importante revisar lo ocurrido antes y después de la desvinculación: cambios de funciones, contratación de personal, avisos de trabajo, distribución de tareas y situación efectiva del área donde se desempeñaba el trabajador.

Me despidieron y contrataron a otra persona

Que otra persona sea contratada para efectuar las mismas labores puede ser un antecedente importante cuando el empleador invocó necesidades de la empresa.

El reemplazo no determina automáticamente el resultado del juicio, pero puede contradecir la afirmación de que el puesto debía desaparecer. Para utilizar este antecedente es necesario reunir prueba: publicaciones de empleo, mensajes, correos, testigos o información sobre quién asumió las funciones.

Despido por una falta que el empleador no puede probar

Las causales disciplinarias del artículo 160 se utilizan en situaciones como faltas injustificadas, abandono del trabajo, falta de probidad o incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

Estas causales pueden discutirse cuando:

  • el hecho descrito en la carta no ocurrió;
  • el trabajador cuenta con una explicación o justificación verificable;
  • la conducta no tiene la gravedad necesaria para terminar el contrato;
  • la empresa toleró anteriormente la misma situación;
  • la carta contiene acusaciones imprecisas;
  • el empleador no dispone de prueba suficiente.

La carta delimita los hechos que deberán discutirse. Por eso su redacción debe analizarse cuidadosamente antes de definir la demanda y la prueba.

Despido verbal o sin carta de despido

Si le dijeron verbalmente que no volviera, le bloquearon el acceso, dejaron de asignarle turnos o le impidieron ingresar, guarde inmediatamente los mensajes y registre los datos de quienes presenciaron lo ocurrido.

No firme una renuncia para “regularizar” la situación y no deje de asistir sin dejar constancia, porque el empleador podría sostener posteriormente que existió abandono o inasistencia.

En estos casos debe evaluarse la forma de dejar constancia del despido, la conveniencia de acudir a la Inspección del Trabajo y la prueba disponible para acreditar cuándo y cómo terminó la relación laboral.

Abogado para demandar por despido injustificado en Valdivia

El servicio no consiste únicamente en redactar una demanda. Antes de iniciar una causa es necesario identificar la acción correcta, calcular las prestaciones, revisar los plazos y preparar desde el comienzo la prueba que deberá rendirse en audiencia.

La representación puede incluir, según los antecedentes y el alcance acordado:

  • revisión de la carta de despido y sus fundamentos;
  • análisis del contrato, anexos y liquidaciones;
  • revisión del finiquito y de una eventual reserva de derechos;
  • verificación de cotizaciones previsionales;
  • cálculo preliminar de indemnizaciones y prestaciones;
  • evaluación del reclamo ante la Inspección del Trabajo;
  • negociación con el empleador cuando sea conveniente;
  • preparación y presentación de la demanda laboral;
  • representación en audiencia preparatoria y audiencia de juicio;
  • organización de documentos, testigos y demás medios de prueba;
  • análisis de acuerdos y propuestas de conciliación;
  • seguimiento de la sentencia y del cumplimiento, según lo contratado.

Cada caso se estudia de manera individual. No se demanda una cifra al azar: se determina qué conceptos tienen sustento jurídico, qué prueba existe y qué riesgos deben ser explicados antes de avanzar.

Revisión de la carta de despido y cálculo preliminar

La primera revisión permite responder preguntas concretas:

  • ¿La carta indica correctamente la causal y los hechos?
  • ¿Los hechos descritos coinciden con lo ocurrido?
  • ¿Existe prueba para controvertir la versión del empleador?
  • ¿El finiquito incluye todos los conceptos?
  • ¿Las cotizaciones están pagadas?
  • ¿Corresponde solicitar recargo legal?
  • ¿Existen remuneraciones, vacaciones, comisiones o bonos pendientes?
  • ¿Hay antecedentes de represalia, discriminación o vulneración de derechos fundamentales?

Con esta información se prepara un cálculo preliminar y se define si conviene reclamar administrativamente, negociar o presentar directamente una demanda.

Reclamo ante la Inspección del Trabajo

El reclamo administrativo puede servir para dejar constancia, citar al empleador a un comparendo, buscar una conciliación y suspender el plazo judicial mientras se tramita.

No siempre es la única alternativa ni necesariamente la más conveniente. La decisión depende del tiempo disponible, los antecedentes, la actitud del empleador y la necesidad de preparar otras acciones conjuntamente.

Si se alcanza un acuerdo, debe revisarse cuidadosamente qué conceptos comprende, qué derechos se extinguen y cómo se garantizará el pago. Si no existe acuerdo, se conserva el antecedente del comparendo para continuar ante el Juzgado de Letras del Trabajo.

Demanda laboral y representación en audiencias

La demanda debe presentar de forma ordenada la relación laboral, la causal invocada, los hechos del despido, las razones de la impugnación y cada prestación solicitada.

En la audiencia preparatoria se discuten cuestiones procesales, se promueve la conciliación y se determina la prueba que podrá rendirse. Una negociación adecuada requiere conocer el valor y los riesgos del caso; no se recomienda aceptar o rechazar una propuesta sin compararla con la prueba disponible y los montos reclamados.

Si no hay acuerdo, la causa continúa a audiencia de juicio. Allí se incorporan documentos, declaran testigos, pueden rendirse oficios u otros antecedentes y se presentan las observaciones jurídicas correspondientes.

La estrategia se prepara desde el inicio. Esperar hasta la audiencia para ordenar los documentos o ubicar testigos puede debilitar un caso que originalmente tenía buenos antecedentes.

Indemnización por despido injustificado: ¿qué puede reclamar?

El monto no puede determinarse únicamente con la causal de despido. Para realizar un cálculo serio es necesario conocer la última remuneración mensual, los componentes habituales del sueldo, la antigüedad, el tipo de contrato, la causal invocada, el estado de las cotizaciones y los pagos incorporados en el finiquito.

Dependiendo del caso, una demanda puede incluir:

  • indemnización sustitutiva del aviso previo;
  • indemnización por años de servicio;
  • recargo legal por despido injustificado, indebido o improcedente;
  • devolución o diferencia relacionada con el descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía;
  • remuneraciones y comisiones adeudadas;
  • feriado legal o proporcional pendiente;
  • diferencias de bonos, gratificaciones u otras prestaciones;
  • nulidad del despido por cotizaciones impagas, si se cumplen sus requisitos;
  • indemnizaciones derivadas de una tutela laboral, cuando exista vulneración de derechos fundamentales.

No todos estos conceptos proceden en todos los casos. La demanda debe distinguir entre lo que efectivamente puede sostenerse y aquello que no cuenta con fundamento o prueba suficiente.

Indemnización por años de servicio y aviso previo

La indemnización sustitutiva del aviso previo puede corresponder cuando el empleador debía avisar con anticipación y no lo hizo. La indemnización por años de servicio se calcula, cuando procede, considerando la antigüedad y la base remuneracional definida por la ley.

Las remuneraciones variables, comisiones habituales y otros componentes pueden exigir una revisión específica. No siempre basta con mirar el sueldo base de la última liquidación.

Recargo por despido injustificado

El artículo 168 del Código del Trabajo contempla distintos recargos sobre la indemnización por años de servicio, según la causal declarada injustificada, indebida o improcedente:

  • 30% cuando se aplicó improcedentemente el artículo 161;
  • 50% cuando se aplicaron injustificadamente causales del artículo 159 o no se invocó causal legal;
  • 80% cuando se aplicaron indebidamente causales del artículo 160;
  • 100% en determinados casos de los números 1, 5 y 6 del artículo 160, cuando además el tribunal declara que el despido careció de motivo plausible.

El recargo que se solicite debe corresponder exactamente a la causal y a los hechos del caso. No es un porcentaje que el trabajador obtenga por el solo hecho de presentar la demanda.

Descuento del seguro de cesantía en el finiquito

Cuando el empleador invoca necesidades de la empresa, puede aparecer en el finiquito un descuento asociado a su aporte a la cuenta individual del seguro de cesantía.

Si posteriormente el despido por artículo 161 es declarado injustificado, corresponde evaluar la devolución de ese descuento. La Corte Suprema ha sostenido que la declaración de despido injustificado priva de fundamento a la imputación efectuada conforme al artículo 13 de la Ley N.º 19.728.

Para incorporarlo correctamente a la demanda se debe revisar el finiquito, el certificado AFC y el monto efectivamente descontado.

Remuneraciones, vacaciones y otras prestaciones adeudadas

El finiquito debe revisarse más allá de las indemnizaciones principales. Es frecuente que existan diferencias por días trabajados, comisiones, bonos devengados, gratificaciones, horas extraordinarias o feriado proporcional.

Cada concepto exige respaldo. Las liquidaciones, registros de asistencia, metas comerciales, correos y anexos contractuales pueden ser relevantes para calcular y probar lo adeudado.

Despido injustificado por necesidades de la empresa

“Necesidades de la empresa” no significa que el empleador pueda despedir libremente. La causal debe relacionarse con hechos objetivos que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores.

La carta debe explicar esos hechos. Una fórmula general como “reestructuración” o “baja en la productividad”, sin antecedentes que permitan comprender qué ocurrió y por qué afectó específicamente al trabajador, debe ser examinada con atención.

¿Qué debe explicar la carta de despido del artículo 161?

La comunicación debe indicar la causal legal y los fundamentos concretos del término. Para evaluar la carta revisamos, entre otros elementos:

  • cuál fue el cambio económico, técnico u organizacional invocado;
  • cuándo ocurrió;
  • cómo afectó al área y al cargo del trabajador;
  • si las funciones desaparecieron o fueron reasignadas;
  • si existieron nuevas contrataciones;
  • si la decisión se relaciona realmente con un conflicto previo, licencia o reclamo.

El empleador deberá acreditar en juicio los hechos que utilizó para justificar el despido. Por eso es importante comparar la carta con lo que efectivamente ocurrió dentro de la empresa.

Reemplazo del trabajador después del despido

Si el puesto se publicó nuevamente, se contrató a otra persona o las mismas funciones continuaron ejecutándose sin cambios relevantes, guarde todos los antecedentes disponibles.

Pueden ser útiles capturas de avisos laborales, comunicaciones internas, perfiles públicos, correos y testigos que conozcan la continuidad del cargo. Estos elementos deben obtenerse lícitamente y conservarse sin alteraciones.

Recargo del 30% por necesidades de la empresa

Cuando el tribunal declara improcedente un despido fundado en el artículo 161, el artículo 168 contempla un recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio.

Además, según los antecedentes, puede discutirse la restitución del descuento AFC y el pago de otras prestaciones. La procedencia y cuantía deben calcularse individualmente; no todo despido por necesidades de la empresa produce automáticamente estos efectos.

Documento jurídico parcialmente cubierto por un estuche de lentes

Finiquito y reserva de derechos por despido injustificado

El finiquito no debe revisarse como un simple comprobante de pago. Su firma puede producir efectos sobre las acciones que el trabajador podrá ejercer después.

Si no está de acuerdo con la causal, los montos o las prestaciones incluidas, solicite una revisión antes de firmar. También debe comprobar que las fechas, remuneración base, antigüedad y descuentos sean correctos.

¿Puedo demandar si ya firmé el finiquito?

Depende del contenido del documento, la reserva de derechos y las circunstancias de la firma.

Un finiquito ratificado puede tener poder liberatorio respecto de las materias comprendidas en él. Si existe una reserva clara y específica, puede conservarse la posibilidad de reclamar las materias reservadas. También pueden existir situaciones excepcionales de error, fuerza o dolo que deban estudiarse jurídicamente.

Por eso es necesario leer el documento completo. La frase “ya firmé” no permite concluir por sí sola que la demanda sea posible o imposible.

Reserva de derechos por despido injustificado

La reserva permite firmar y recibir los montos con los que se está de acuerdo, dejando constancia de que determinadas materias serán reclamadas posteriormente.

La Dirección del Trabajo ha señalado que el trabajador puede incorporar una reserva sin necesitar el consentimiento del empleador. Sin embargo, la redacción debe identificar las materias controvertidas de manera útil para el caso.

Una reserva puede referirse, según corresponda, a la causal de despido, diferencias de indemnización, recargos, descuento AFC, cotizaciones, remuneraciones o feriado. No se recomienda copiar una frase de internet sin contrastarla con la carta y el finiquito.

Finiquito mal calculado o firmado bajo presión

Si el finiquito contiene errores, descuentos no explicados o una base de cálculo inferior a la remuneración que correspondía, reúna las liquidaciones y comprobantes para efectuar un cálculo comparativo.

Si la firma se obtuvo mediante presión, engaño o una situación que podría constituir fuerza, error o dolo, debe documentarse lo ocurrido y evaluarse oportunamente la impugnación judicial. Estas alegaciones requieren prueba y no se presumen.

Mano estampando un sello junto a pasaportes y documentos

Plazo para demandar por despido injustificado

El plazo es una de las primeras cuestiones que deben revisarse. El artículo 168 establece que el trabajador puede recurrir al tribunal dentro de 60 días hábiles contados desde la separación.

Si se presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo dentro de ese período, el plazo judicial se suspende mientras se tramita el reclamo. Sin embargo, la demanda no puede presentarse después de 90 días hábiles desde la separación.

No conviene esperar al final. Antes de demandar es necesario conseguir documentos, calcular las prestaciones, redactar los hechos y organizar la prueba.

Plazo de 60 días hábiles para presentar la demanda

El punto de partida normalmente es la separación efectiva del trabajador. La fecha debe verificarse con la carta, el último día trabajado y cualquier antecedente que muestre cuándo se produjo la desvinculación.

Otros derechos laborales pueden estar sujetos a reglas diferentes, pero eso no reemplaza el plazo específico para impugnar el despido. Una evaluación oportuna permite identificar todas las acciones sin confundir caducidad y prescripción.

Reclamo ante la Inspección y plazo máximo de 90 días

El reclamo administrativo suspende el plazo de 60 días mientras se tramita, pero no permite superar el máximo de 90 días hábiles desde la separación.

La fecha de presentación y la conclusión del reclamo deben conservarse. Es recomendable guardar el comprobante de ingreso, citación, acta de comparendo y cualquier propuesta formulada por el empleador.

Pruebas para una demanda por despido injustificado

Una buena demanda necesita una teoría del caso coherente y prueba que permita sostenerla. No es necesario disponer de todos los antecedentes antes de consultar, pero sí conviene conservarlos desde el primer día.

Documentos que debe enviar para evaluar su despido

Si los tiene, envíe:

  • carta de despido y comprobante de recepción;
  • contrato de trabajo y anexos;
  • últimas liquidaciones de remuneraciones;
  • finiquito propuesto o ya firmado;
  • certificado de cotizaciones AFP, salud y AFC;
  • registro de asistencia, turnos o comprobantes de jornada;
  • correos o mensajes relacionados con el despido;
  • antecedentes de bonos, comisiones y metas;
  • reclamo y acta de la Inspección del Trabajo;
  • nombres y datos de posibles testigos.

Si la empresa conserva parte de estos documentos, indíquelo. La falta de una copia no significa necesariamente que el antecedente no pueda solicitarse o incorporarse durante el proceso.

WhatsApp, correos, audios y testigos laborales

Los mensajes y correos pueden ayudar a acreditar instrucciones, reclamos, cambios de funciones, conflictos previos o el verdadero motivo de la desvinculación.

No edite las capturas ni elimine conversaciones. Conserve el dispositivo y realice respaldos completos. En cuanto a audios u otras comunicaciones, su utilización debe evaluarse según la forma en que fueron obtenidos y su relación con los hechos discutidos.

Los testigos deben conocer personalmente los hechos. No se trata de conseguir personas que “apoyen” al trabajador, sino de identificar a quienes vieron, escucharon o participaron en situaciones relevantes.

Cotizaciones previsionales impagas y nulidad del despido

Revise sus certificados de AFP, salud y seguro de cesantía. Si al momento del despido el empleador no había pagado íntegramente las cotizaciones exigibles, puede corresponder analizar la nulidad del despido conforme al artículo 162.

La nulidad tiene requisitos y efectos propios. Debe coordinarse correctamente con la demanda de despido injustificado y no puede asumirse únicamente porque exista una diferencia menor o un dato todavía no actualizado.

En esta página se informa el punto para que el trabajador lo detecte. El desarrollo completo debe enlazar hacia la página específica de abogado por nulidad del despido en Valdivia.

Mano escribiendo con bolígrafo sobre un documento

¿Cómo trabajamos su demanda laboral en Valdivia?

La atención es directamente con Adolfo Quisto Abogado. Usted conoce quién revisa sus antecedentes, quién define la estrategia y quién prepara las actuaciones de su causa.

El trabajo se organiza en etapas para que comprenda qué se está haciendo, qué documentos faltan y qué decisiones deben tomarse.

1. Evaluación jurídica del despido

Revisamos la causal, la carta, la fecha de separación, el contrato, las remuneraciones, el finiquito y las cotizaciones. También escuchamos el contexto: conflictos previos, licencias, reclamos, cambios de funciones o posibles reemplazos.

Al finalizar esta etapa le explicamos:

  • qué acciones aparecen razonablemente disponibles;
  • qué conceptos podrían reclamarse;
  • qué prueba existe y cuál falta;
  • qué plazo debe respetarse;
  • cuáles son los riesgos principales;
  • cómo funcionan los honorarios.

2. Cálculo y estrategia

Calculamos los conceptos que pueden sostenerse con los antecedentes disponibles. Si existen diferencias en la remuneración base, comisiones o bonos, se identifican antes de formular una cifra.

Luego definimos si conviene presentar un reclamo administrativo, iniciar una negociación, demandar directamente o acumular otras acciones cuando corresponda.

3. Preparación de la demanda y de la prueba

Ordenamos los hechos cronológicamente, relacionamos cada petición con su fundamento y reunimos la documentación necesaria.

También identificamos testigos y diligencias útiles. El objetivo es que la demanda, la prueba y la estrategia de audiencia respondan a una misma versión del caso.

4. Negociación y conciliación

Si el empleador propone un acuerdo, no se evalúa solamente el monto ofrecido. También se revisan la forma y fecha de pago, las renuncias incluidas, los costos y riesgos de continuar, y la posibilidad efectiva de cobro.

La decisión final corresponde al cliente, después de recibir una explicación clara de los escenarios.

5. Audiencia preparatoria y juicio laboral

En la audiencia preparatoria se discuten cuestiones procesales, se intenta la conciliación y se fija la prueba. Si no hay acuerdo, preparamos la audiencia de juicio, incluyendo interrogatorios, documentos y observaciones jurídicas.

Durante la tramitación se informa el avance y se explican las resoluciones relevantes en un lenguaje comprensible.

6. Sentencia y cumplimiento

Una vez dictada la sentencia, revisamos su contenido, los montos reconocidos y las actuaciones posteriores que correspondan según el alcance contratado.

Si existe un resultado favorable y la empresa no cumple voluntariamente, se evalúan las medidas necesarias para exigir el pago. Si el resultado es adverso, se analiza jurídicamente si existe fundamento para impugnarlo; un recurso no se presenta de forma automática.

Atención presencial en Valdivia y online en Los Ríos

La oficina se encuentra en Alonso de Benítez 1904, Valdivia. La atención presencial se coordina previamente.

También se realizan reuniones por videollamada y recepción digital de documentos para trabajadores de Paillaco, Los Lagos, Río Bueno, La Unión, Panguipulli, Mariquina, Máfil, Corral y otras comunas de la Región de Los Ríos.

WhatsApp: +56 9 9409 4812 Correo: abogado@adolfoquistoabogado.cl

Estuche de lentes y documento jurídico sobre un escritorio

Opiniones verificadas de clientes

Las opiniones se cargan directamente desde Google mediante Trustindex. No se publican testimonios inventados ni datos sensibles de causas.

Honorarios de abogado por despido injustificado

Perder el trabajo suele significar perder el ingreso mensual justo cuando aparecen gastos urgentes. Por eso, en las causas de trabajadores por despido injustificado se utiliza una modalidad que evita el pago anticipado de honorarios.

Sin pago anticipado durante la tramitación

El trabajador paga $0 de honorarios al iniciar y durante el proceso. Si se obtiene un resultado favorable mediante acuerdo, conciliación, sentencia o pago, los honorarios corresponden al 30% de lo efectivamente obtenido.

Antes de comenzar se firma un contrato que indica:

  • la gestión o etapa incluida;
  • el porcentaje de honorarios;
  • qué se entiende por resultado favorable;
  • cómo se calcula el porcentaje;
  • qué ocurre con pagos parciales o acuerdos;
  • si existen gastos externos eventuales y quién debe asumirlos;
  • qué actuaciones posteriores requieren un nuevo acuerdo.

No existen cobros que deban aparecer sorpresivamente durante la causa. Cualquier gasto externo necesario debe informarse antes de incurrir en él.

¿Qué ocurre si no se obtiene un resultado favorable?

Si no se obtiene un resultado favorable, el trabajador no paga el porcentaje de honorarios. Esta modalidad reduce la barrera económica, pero no constituye una promesa de éxito.

La viabilidad se analiza antes de aceptar el encargo. Si los antecedentes no permiten sostener razonablemente una demanda, se lo diremos de manera clara para que no inicie un proceso basándose en expectativas irreales.

Preguntas frecuentes sobre despidos injustificados

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por despido injustificado?

El plazo general es de 60 días hábiles desde la separación. Si presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo dentro de ese plazo, su cómputo se suspende mientras se tramita, pero la demanda no puede interponerse después de 90 días hábiles contados desde la separación.

¿Puedo demandar después de firmar el finiquito?

Depende del contenido del finiquito, de si formuló una reserva de derechos y de las circunstancias de la firma. Es necesario revisar el documento completo. Un finiquito ratificado puede impedir reclamaciones sobre materias comprendidas en él, salvo reservas u otras causales jurídicas que permitan impugnarlo.

¿Puedo demandar si no tengo testigos?

La falta de testigos no descarta automáticamente una demanda. La carta, contrato, liquidaciones, correos, mensajes, registros, certificados y otros documentos también pueden ser relevantes. La viabilidad depende del conjunto de la prueba y de los hechos que corresponda acreditar.

¿Cuánto puedo obtener por un despido injustificado?

Depende de la remuneración, antigüedad, causal invocada, recargo aplicable, prestaciones pendientes, cotizaciones y contenido del finiquito. Para entregar una estimación responsable debemos revisar al menos la carta de despido y las liquidaciones de remuneraciones.

¿Cuánto demora una demanda laboral?

No existe una duración idéntica para todas las causas. Depende del procedimiento aplicable, la agenda del tribunal, la posibilidad de conciliación, la cantidad de prueba y la interposición de recursos. Al revisar el caso explicaremos las etapas esperables, sin ofrecer un plazo garantizado.

¿Debo firmar el finiquito para recibir lo que me ofrecen?

Si no está de acuerdo con la causal o los montos, obtenga asesoría antes de firmar. Puede ser posible recibir los conceptos no discutidos dejando una reserva de derechos correctamente redactada. La reserva no requiere el consentimiento del empleador, pero debe adaptarse a las materias que efectivamente desea reclamar.

¿Qué documentos debo enviar para evaluar mi caso?

Envíe la carta de despido, contrato y anexos, últimas liquidaciones, finiquito si existe y certificados de cotizaciones. Añada una explicación breve con la fecha del despido, antigüedad, funciones y razón por la que considera injustificada la causal.

¿El abogado cobra antes de presentar la demanda?

No. En estas causas el trabajador no paga honorarios por adelantado ni durante la tramitación. Se cobra el 30% de lo efectivamente obtenido únicamente si existe un resultado favorable, conforme al contrato suscrito antes de iniciar.

¿Qué hago si me despidieron verbalmente o sin entregarme una carta?

Guarde los mensajes, registre la fecha y anote quiénes presenciaron que le impidieron ingresar, dejaron de asignarle turnos o le dijeron que no volviera. No firme una renuncia para regularizar la situación ni deje de asistir sin dejar constancia. Debe evaluarse oportunamente cómo acreditar el despido y si conviene acudir a la Inspección del Trabajo.

¿Puede ser injustificado el despido si contrataron a otra persona para reemplazarme?

El reemplazo puede ser un antecedente importante cuando la empresa invocó necesidades de la empresa, porque podría contradecir que el puesto debía desaparecer. No determina automáticamente el resultado: conviene conservar avisos de trabajo, mensajes, correos y datos de testigos que conozcan quién asumió las mismas funciones.

Solicite la revisión de su despido en Valdivia

Si fue despedido recientemente, envíe su carta antes de firmar el finiquito o dejar pasar el plazo. Revisaremos la causal, los montos y los antecedentes disponibles para explicarle qué alternativas tiene.

Adolfo Quisto Abogado Alonso de Benítez 1904, Valdivia WhatsApp: +56 9 9409 4812 Correo: abogado@adolfoquistoabogado.cl

Datos de contacto

Adolfo Quisto Abogado

Atención directa, presencial y online.

Dirección
Alonso de Benítez 1904, Valdivia

Solicitar una evaluación

Envíe un resumen, la fecha del despido y los documentos principales. La revisión permitirá identificar el plazo y los próximos pasos.

Información y fuentes legales